{"id":739,"date":"2024-07-22T10:14:29","date_gmt":"2024-07-22T15:14:29","guid":{"rendered":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/?p=739"},"modified":"2024-07-22T17:36:57","modified_gmt":"2024-07-22T22:36:57","slug":"fondo-de-imprevistos-en-propiedad-horizontal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/2024\/07\/22\/fondo-de-imprevistos-en-propiedad-horizontal\/","title":{"rendered":"FONDO DE IMPREVISTOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #0000ff;\"><strong>FONDO DE IMPREVISTOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL<\/strong><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>CTCP\u00a0 N\u00ba de Radicaci\u00f3n\u00a0 2024-0075\u00a0 16 de febrero del 2024<\/strong><\/p>\n<p>FONDO DE IMPREVISTOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL<\/p>\n<p><strong>CONSULTA (TEXTUAL)<\/strong><\/p>\n<p>\u201cEn el patrimonio ten\u00edamos una cuenta que se llamaba provisi\u00f3n fondo de imprevistos que cruzaba con la<br \/>\ncuenta de bancos fondo restringido, seg\u00fan el decreto 2649 de 1993, ahora con ek 2420 (sic), qu\u00e9 tratamiento<br \/>\nle debemos dar a esa cuenta, la podemos dejar que permanezca en la secci\u00f3n del patrimonio, ya que ahora<br \/>\nes una cuenta de activos\u201d.<\/p>\n<p><strong>CONSIDERACIONES Y CONCEPTO<\/strong><\/p>\n<p>El Consejo T\u00e9cnico de la Contadur\u00eda P\u00fablica (CTCP) en su car\u00e1cter de Organismo Orientador t\u00e9cnico-cient\u00edfico<br \/>\nde la profesi\u00f3n y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Informaci\u00f3n Financiera y de Aseguramiento<br \/>\nde la Informaci\u00f3n, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de<br \/>\n1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior<br \/>\nde manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<p>Es importante se\u00f1alar que el decreto 2649 de 1993 ha sido completamente derogado. El CTCP se ha<br \/>\npronunciado en diferentes ocasiones acerca de ello. Le invitamos a leer el concepto 2020-0310 al que podr\u00e1<br \/>\nacceder en el sitio http:\/\/www.ctcp.gov.co\/, enlace conceptos.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 34 de la Ley 675 de 2001 menciona cuales son los recursos patrimoniales:<\/p>\n<p>\u201cLos recursos patrimoniales de la persona jur\u00eddica estar\u00e1n conformados por los ingresos provenientes de las expensas comunes ordinarias y extraordinarias, multas, intereses, fondo de imprevistos, y dem\u00e1s bienes e ingresos que adquiera o reciba a cualquier t\u00edtulo para el cumplimiento de su objeto\u201d. Subrayado fuera de texto.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, la ley en menci\u00f3n en su art\u00edculo 35 se\u00f1ala que el fondo de imprevistos corresponde a un activo<br \/>\n(efectivo y equivalentes del efectivo) restringido, debido a que est\u00e1 sujeto a un uso espec\u00edfico y se crea en<br \/>\nmonto y destinaci\u00f3n con la debida aprobaci\u00f3n de la Asamblea General de Copropietarios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Orientaci\u00f3n T\u00e9cnica No. 15 \u2013 Copropiedades de uso residencial o mixto (grupo 1, 2 y 3), en donde se<br \/>\nincorporan directrices en materia contable para la propiedad horizontal, menciona algunos lineamientos para<br \/>\nla contabilizaci\u00f3n del fondo de imprevistos, as\u00ed:<\/p>\n<p>\u201ca. En las cuotas cobradas se debe separar el valor correspondiente a la cuota ordinaria y el valor asignado al fondo de imprevistos. Para tal fin, se recomienda utilizar cuentas independientes para identificar los recursos del fondo, cuya utilizaci\u00f3n est\u00e1 restringida a las decisiones del Consejo de Administraci\u00f3n o de la Asamblea de la copropiedad.<\/p>\n<p>b. La totalidad de las cuotas cobradas, que incluyen la cuota ordinaria y el valor asignado al fondo de imprevistos, cuando sean exigibles, se registrar\u00e1n como un ingreso en el estado de resultados. Para un mejor control y facilitar la revelaci\u00f3n en los estados financieros o en las notas, se recomienda su presentaci\u00f3n por separado en el estado de resultados.<\/p>\n<p>c. Cuando los recursos sean recibidos en efectivo se deber\u00e1 registrar un cr\u00e9dito a la cuenta por cobrar y un d\u00e9bito a la<br \/>\ncuenta efectivo y equivalentes de efectivo. De manera posterior se deber\u00e1n reclasificar de la cuenta de efectivo y<br \/>\nequivalentes de efectivo los recursos de uso restringido que representan los recaudos realizados para el fondo de<br \/>\nimprevistos.<\/p>\n<p>d. Cuando la entidad utilice los recursos del fondo, y se cumplan los requisitos establecidos en el reglamento, los<br \/>\ndesembolsos realizados se acreditar\u00e1n a la cuenta de efectivo restringido y se cargar\u00e1n a las cuentas de resultados.<\/p>\n<p>e. Si al cierre del per\u00edodo la copropiedad genera excedentes, por ser mayores sus ingresos a sus gastos, y si estos se<br \/>\ngeneraron por el recaudo y no utilizaci\u00f3n de los recursos del fondo de imprevistos, este Consejo recomienda que la<br \/>\nAsamblea de Propietarios apruebe la constituci\u00f3n de una reserva con destinaci\u00f3n espec\u00edfica para reclasificar los excedentes en el patrimonio. Si el fondo de imprevistos no fue utilizado durante el per\u00edodo, el monto de la reserva podr\u00eda ser igual al valor disponible en los fondos restringidos del activo. Este procedimiento evita que el presupuesto del siguiente per\u00edodo se vea afectado por la existencia de fondos de uso restringido en las cuentas de efectivo o por la existencia de excedentes en per\u00edodo que no hayan sido apropiados como reservas en el patrimonio.<\/p>\n<p>f. En el caso de que los fondos de imprevistos generen rendimientos financieros para la copropiedad, dichos rendimientos se registrar\u00e1n como ingresos en el estado de resultados. La Asamblea o el Consejo de administraci\u00f3n, deber\u00e1 determinar si estos rendimientos incrementan el valor del fondo o si estos son de libre disponibilidad para atender expensas necesarias de la copropiedad.\u201d<\/p>\n<p>Ahora bien, mediante concepto 2018-0445, el CTCP realiz\u00f3 consideraciones para establecer la forma de<br \/>\ncontabilizaci\u00f3n de los recursos del fondo de imprevistos, incluy\u00f3 un ejemplo hipot\u00e9tico y en s\u00edntesis manifest\u00f3<br \/>\nlo siguiente:<\/p>\n<p>\u201cEn conclusi\u00f3n<strong> para facilitar el manejo contable del fondo de imprevistos, este Consejo recomienda que el fondo liquido solo se constituya con los recursos efectivamente recaudados y la parte causada pero no pagada ser\u00e1 reconocida como una cuenta por cobrar del fondo de imprevistos, la cual incrementar\u00e1 el fondo liquido cuando ella sea efectivamente recaudada<\/strong>. Cuando existen algos niveles de mora en una copropiedad, la constituci\u00f3n del fondo l\u00edquido con el 1% del presupuesto anual de gastos, podr\u00eda afectar la liquidez de la copropiedad e impedir que otras obligaciones sean oportunamente canceladas\u201d.<\/p>\n<p>Con base en lo anterior, el fondo de imprevistos es considerado por la Ley 675 de 2001 como un recurso<br \/>\npatrimonial. Su reconocimiento bajo los nuevos marcos t\u00e9cnicos normativos incluidos en el DUR 2420 de 2015<br \/>\ncorresponde a un activo (efectivo y equivalentes del efectivo) restringido por tanto, el monto mantenido en la<br \/>\nsecci\u00f3n del patrimonio debe reclasificarse al activo en las cuentas del estado de situaci\u00f3n financiera. As\u00ed mismo,<br \/>\nse sugiere antes de proceder a la afectaci\u00f3n de los libros contables, revisar el prop\u00f3sito de su creaci\u00f3n y si<br \/>\nefectivamente corresponde realizar el proceso en menci\u00f3n (reclasificaci\u00f3n) o debe ser dado de baja al estado<br \/>\nde resultados.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"color: #0000ff;\"><strong>FONDO DE IMPREVISTOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL<\/strong><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>FONDO DE IMPREVISTOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL &nbsp; CTCP\u00a0 N\u00ba de Radicaci\u00f3n\u00a0 2024-0075\u00a0 16 de febrero del 2024 FONDO DE IMPREVISTOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL CONSULTA (TEXTUAL) \u201cEn el patrimonio ten\u00edamos una cuenta que se llamaba provisi\u00f3n fondo de imprevistos que cruzaba con la cuenta de bancos fondo restringido, seg\u00fan el decreto 2649 de 1993, ahora con [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":743,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[24,158,4],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/739"}],"collection":[{"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=739"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/739\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":742,"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/739\/revisions\/742"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/743"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=739"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=739"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/colpropiedades.com.co\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=739"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}