FONDO DE IMPREVISTOS - RECONOCIMIENTO
CTCP Nº de Radicación 2024-0262 19 de junio de 2024
FONDO DE IMPREVISTOS - RECONOCIMIENTO
CONSULTA (TEXTUAL)
“Según el art. 35 de la ley 671 de 2001 las propiedades horizontales deben establecer
un Fondo de Imprevistos para atender obligaciones inesperadas. Mi inquietud es la
siguiente: Al contabilizarse el Fondo Imprevistos se debe hacer una reserva en el
patrimonio neto por el valor de dicho fondo? En el caso de no recaudo del fondo por
incumplimiento en . . .
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